Como comentamos anteriormente, todos los terrenos de naturaleza urbana de un municipio están afectos al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles y cada año le corresponde pagar el impuesto a quien sea propietario a uno de enero del año en curso.
Como es un impuesto periódico que se devenga en unas fechas fijadas por cada Ayuntamiento, el obligado tributario, es decir, el propietario del inmueble, tiene la obligación de ir a recoger el recibo si no le llega a su domicilio.
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